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¡Atención Empresas y Teletrabajadores! Nueva Ley Clarifica el Teletrabajo desde el Extranjero en Costa Rica


Mazo de juez o martillo de corte sobre unos libros

¡Buenas noticias para el mundo del teletrabajo en Costa Rica! La Asamblea Legislativa ha dado un paso importante para brindar mayor claridad y seguridad jurídica a una modalidad de trabajo cada vez más común: el teletrabajo desde el extranjero.


Recientemente, se ha promulgado una ley que modifica la Ley para Regular el Teletrabajo (Ley 9738), específicamente sus artículos 2 y 10, con el objetivo de detallar explícitamente el teletrabajo en el extranjero y evitar interpretaciones subjetivas. ¿Qué significa esto en la práctica? ¡Te lo contamos!


Teletrabajo sin Fronteras: La Ley lo Deja Claro


Una de las modificaciones clave se encuentra en el artículo 2. Ahora, la ley establece de manera inequívoca que el teletrabajo puede llevarse a cabo tanto dentro como fuera del territorio nacional. Si bien antes se podía inferir, esta adición elimina cualquier duda y reconoce formalmente la posibilidad de que los colaboradores realicen sus funciones desde cualquier rincón del mundo.


Es importante recordar que, a pesar de esta apertura geográfica, los principios fundamentales de la Ley de Teletrabajo se mantienen intactos: la voluntariedad tanto para el empleado como para el empleador, la regulación a través del acuerdo entre las partes (siempre respetando la legislación laboral costarricense y los derechos humanos), y la posibilidad de acordar el teletrabajo al inicio o posteriormente a la relación laboral.


Protección Laboral Transfronteriza: Cobertura de Riesgos Obligatoria


La modificación más significativa y relevante para los teletrabajadores en el extranjero se introduce en el artículo 10, referente a los riesgos de trabajo. La nueva ley establece una obligación clara para los empleadores: Cuando una persona trabajadora realice sus funciones en el extranjero, la persona empleadora deberá suscribir la cobertura de extraterritorialidad en las pólizas de riesgos de trabajo.


Esta disposición es fundamental para garantizar la protección de los trabajadores costarricenses que eligen o deben realizar sus labores fuera del país. Ahora, las empresas deberán asegurarse de que sus pólizas de riesgos laborales se extiendan al país donde el empleado esté teletrabajando, brindando cobertura en caso de accidentes o enfermedades laborales ocurridas en el ejercicio de sus funciones.


¿Qué Implica esta Nueva Ley?

  • Mayor Certeza Jurídica: Tanto empleadores como empleados tienen ahora un marco legal más claro sobre el teletrabajo internacional.

  • Protección Reforzada: Los teletrabajadores en el extranjero contarán con la misma protección en materia de riesgos laborales que si estuvieran trabajando en Costa Rica, siempre y cuando se cumpla con la obligatoria cobertura de extraterritorialidad.

  • Consideraciones para las Empresas: Las empresas que permitan o tengan empleados teletrabajando desde el extranjero deberán revisar y ajustar sus pólizas de riesgos laborales para incluir la cobertura necesaria, lo que podría implicar un costo adicional.


En definitiva, esta reforma a la Ley de Teletrabajo representa un avance importante para adaptarse a las nuevas realidades del mundo laboral globalizado. Al explicitar el teletrabajo en el extranjero y establecer la obligatoriedad de la cobertura de riesgos, Costa Rica busca ofrecer un marco legal más robusto y protector para todos los actores involucrados.


¿Qué opinas de esta nueva ley? ¿Cómo crees que impactará el teletrabajo en Costa Rica? ¡Déjanos tus comentarios!

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